PLANETA TERRA

dimecres, 29 de setembre del 2010

Exenciones de la prueba de CFGM ( castellà)

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Exenciones de la prueba

Exención de la materia de lengua catalana

La pueden solicitar (hasta el 10 de marzo de 2010) las personas que acrediten menos de dos años de residencia en Cataluña hasta el día de la prueba y no han estudiado catalán en su escolaridad.

La solicitud se realizará en el Servicio de Inmersión y Uso de la Lengua de la Dirección General de Planificación y Entorno del Departamento de Educación.

Exención del ámbito científico-tecnológico

La pueden solicitar:

1) Las personas que tienen experiencia laboral en cualquier ámbito profesional, que acrediten como mínimo un año de experiencia laboral a jornada completa o el tiempo proporcional en caso de jornada reducida.

Para acreditarlo es necesario presentar el original del informe de vida laboral de la Tesorería General de la Seguridad Social donde figure la persona interesada en situación de alta con un total de tiempo efectivo igual o superior a un año.

La solicitud se presentará (hasta el 20 de abril de 2010) a cualquier instituto dependiente del Departamento de Educacióon se cursan ciclos formativos de formación profesional.

2) Las personas que tienen experiencia en tareas de voluntariado, experiencia deportiva o acrediten la condición de deportistas de alto nivel o de alto rendimiento.

La solicitud se presentará (hasta el 10 de marzo de 2010) a la Dirección General de Enseñanzas Profesionales, Artísticas y Especializadas.

3) Las personas que acrediten, como mínimo, una unidad de competencia, o bien hayan superado todos los créditos asociados a una unidad de competencia del ciclo formativo de grado medio que quieren cursar, mediante la realización de las pruebas para la obtención del título de técnico o técnica.

La solicitud se presentará (hasta el 20 de abril de 2010) a cualquier instituto dependiente del Departamento de Educación donde se cursan ciclos formativos de formación profesional.

4) Las personas que cursan con aprovechamiento un programa de cualificación profesional inicial.

No es necesario hacer ninguna solicitud para que los datos de matrícula del programa de cualificación profesional inicial se contrastan con los datos de inscripción a la prueba y la exención se otorga automáticamente a todas las personas inscritas que cursan y superan un programa de cualificación profesional inicial.

5) Las personas que superan un programa de cualificación profesional inicial.

La solicitud se presentará (hasta el 20 de abril de 2010) a cualquier instituto dependiente del Departamento de Educacióon se cursan ciclos formativos de formación profesional.

* Relación de personas procedentes de un programa de cualificación profesional inicial que tienen la exención del ámbito científico-tecnológico [PDF, 122,01 KB.]
* Solicitud de exención del ámbito científico-tecnológico de la prueba de acceso a ciclos formativos de formación profesional y las enseñanzas deportivas de grado medio [PDF, 47,01 KB.]


Exención total de la prueba

La pueden solicitar las personas que en un curso anterior superaron los módulos obligatorios (A y B) de un programa de cualificación inicial en un curso anterior (con una calificación final igual o superior a 8).

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